Ordenanza Tarifaría 1.006/2011


Contenido sobre Licencias de Conducir aplicado en la ORDENANZA TARIFARIA Nº 1.006/2011.



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Licencias de Conducir


CAPITULO  II – LICENCIA DE CONDUCIR

TARIFARIA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011

CAPITULO  II – LICENCIA DE CONDUCIR

ARTÍCULO 76º - Para el otorgamiento de la Licencia de Conducir será de aplicación las disposiciones de las leyes provinciales y/o nacionales dictadas a ese efecto, y las que se dictaren en el futuro, quedando facultado el Departamento Ejecutivo Municipal a emitir los instrumentos legales pertinentes a fin de dar cumplimiento a las mismas.

Tasas que se abonarán por el otorgamiento del carnet de conductor:

Licencia de Conducir, según cuadro que se expone a continuación, a lo cuál se agregará el costo de emisión y del examen de idoneidad, los que serán fijados por el Departamento Ejecutivo, mediante Decreto: